Página
2
de
22
c) Beneficiar a quienes se afilien a UNIFONDO con las contribuciones de LA
EMPRESA, con los rendimientos que UNIFONDO obtenga en sus operaciones
y el suministro de préstamos a sus afiliados.
CAPITULO II. CAPITAL, PLAN DE AHORROS, INVERSIONES,
UNIDADES DE INVERSIÓN.
ARTÍCULO 5.CAPITAL:
El capital de UNIFONDO se constituye con:
a) Los aportes legales voluntarios de los empleados afiliados.
b) Los aportes adicionales voluntarios de los mismos empleados afiliados.
c) Las contribuciones, ordinarias o extraordinarias, señaladas por LA
EMPRESA.
d) Los auxilios, subvenciones, donaciones o similares que se otorguen a
UNIFONDO.
e) Los rendimientos reinvertidos, y
f) Los ingresos que obtenga UNIFONDO en desarrollo de sus actividades, de
acuerdo con el reglamento de inversiones y de préstamos aprobado por la
Junta Directiva.
ARTICULO 6. APORTES LEGALES VOLUNTARIOS.
Son aportes legales
voluntarios los que provienen de los empleados afiliados a UNIFONDO,
aportes que serán entre el uno por ciento (1 %) y el diez por ciento (10%)
así:
a) Para empleados con salario básico, se aplica el salario básico mensual,
excluidas todas las prestaciones legales y extralegales.
b) Para empleados con salario variable, se aplica el salario básico mensual,
más las comisiones y cualquier otro concepto que se asemeje a las mismas.
c) Para empleados con salario integral, se aplica el salario mensual
establecido.
Adicionalmente también se tendrá en cuenta para efecto de la contribución
que la empresa concede al afiliado.
ARTICULO 7.
APORTES ADICIONALES VOLUNTARIOS
. Serán aportes
adicionales voluntarios: