Página 19 - Estatutos Unifondo

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El periodo del revisor fiscal será de dos años contados a partir de la fecha
de su elección, cuando el nombre del candidato que obtenga la mayoría
prevista en este artículo corresponda a una persona jurídica, autorizada
legalmente para contratar la Revisaría Fiscal, la entidad respectiva
designará autónomamente tanto el Principal como el Suplente, que en todo
caso deberán acreditar las calidades de Contadores Públicos con las
correspondientes Tarjetas Profesionales.
ARTICULO 52. FUNCIONES DEL REVISOR FISCAL:
El revisor fiscal
tendrá las funciones definidas en el marco normativo de la Revisoría Fiscal -
Circular Externa 054 de 2008 de la Superfinanciera, Ley 145 de 1960, el
Código de Comercio, las Leyes 43 y 45 de 1990 y 190 y 222 de 1995.que, y
además las siguientes:
a) Asegurarse de que el Fondo conforme sus métodos de contabilidad, sus
libros y sus balances, a los preceptos legales y a las resoluciones de la
Superintendencia Financiera o la entidad que ejerza la vigilancia.
b) Examinar las actas, libros de contabilidad y negocios del Fondo, y
comprobantes de cuentas;
c) Verificar la comprobación de todos los valores del Fondo y de los que
tenga bajo su custodia;
d) Cerciorarse de que las operaciones que ejecutan, estén conformes con
los Estatutos, con las disposiciones de la Junta Directiva, las resoluciones de
la Superintendencia Financiera y las normas legales;
f) Dar cuenta oportunamente y por escrito, a la Junta Directiva y al Gerente
de las irregularidades que observe;
g) Las demás propias de su cargo y que le delegue la ley y las normas
expedidas por la Superintendencia Financiera o entidad que ejerza vigilancia
sobre el fondo.
ARTICULO 53.DERECHOS REVISOR FISCAL
. El Revisor Fiscal tendrá el
derecho de inspección sobre todos los actos administrativos de UNIFONDO y
estará facultado para enterarse ampliamente de todas las operaciones,
libros y correspondencia, valores y demás documentos, comprobantes y
bienes de UNIFONDO. El Gerente y los demás empleados le suministrarán
todos los datos e informes necesarios para el buen desempeño de sus
funciones.
ARTICULO 54. INHABILIDADES
.No podrá ser Revisor Fiscal quien esté
ligado dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad con
el Gerente, los miembros Principales y Suplentes de la Junta Directiva, con
funcionarios o el Contador de UNIFONDO, o que sea consocio o comunero